domingo, 25 de septiembre de 2011

andamio de estado y derecho

Andamio de Estado y Derecho

Soberanía y Derecho
Heller dice que la esencia de la soberanía consiste en la capacidad o facultad para positivizar las normas jurídicas de más alto rango de la comunidad; dentro del orden jurídico del Estado moderno no existe positividad jurídica sin soberanía. Para considerar a un Estado soberano, se requiere que éste mantenga el monopolio legítimo de la coacción.      La soberanía, presupone a un sujeto de la misma con personalidad jurídica y con voluntad propia, que la capacidad de, a través del monopolio de la coacción física legítima, poderse imponer a todos los centros de poder establecidos en un territorio determinado.
Poder del Estado y Derecho
El Estado es la comunidad como unidad política, ahora bien el poder del Estado que tiene por el hecho de ser soberano y que es la probabilidad de imponer la propia voluntad dentro de una relación social aun en contra de toda resistencia, se relaciona con el derecho ya que esta imposición siempre es basada y llevada a cabo conforme al Derecho es decir, conforme a las leyes que rigen a la sociedad.
Qué es el Estado y su relación con el Derecho
El Estado no es una entidad sustante, es producto de la convivencia, es el resultado de la comunidad de las fuerzas sociales que requieren de un control que las equilibre y canalice. Pero a su vez, el Estado se configura por medio de ordenamientos que le confieren validez y legitimidad en su nacimiento y en su posterior desarrollo.
Coacción y Estado
El Estado se impone a la sociedad mediante una coacción. Para que un conjunto de normas jurídicas vigentes en una época y en un lugar determinado se cumplan por los miembros de una comunidad, sobre la que se imponen, se requiere que estén apoyadas en un poder social. Poder social que es la objetivación de las fuerzas sociales que hace nacer ese orden jurídico.
Soberanía y configuración del Estado
Es a ese hecho histórico, en el que se objetivizan las presiones sociales en un sistema de normas de conducta institucionales, al que se le llama el hecho constituyente. Éste presenta dos aspectos complementarios e indisolubles, resultado del movimiento dialéctico de las presiones sociales: el primero es la objetivación de esas fuerzas sociales en un orden normativo; y el segundo se refiere a la estructuración del poder que asegura la vigencia de ese nuevo orden. En la actualidad esta institucionalidad del hecho constituyente se encuentra referida en las constituciones políticas que rigen la vida pública de los países. Estas constituciones están configuradas por dos tipos de ordenamientos jurídicos:
a)            Aquellos que forman la parte dogmática y que se refieren a la regulación de los principios básicos del orden jurídico que representan, y
b)           Los que configuran el aspecto orgánico que comprende la estructuración reglamentaria de los órganos de poder.
Legitimidad, Justicia y consenso social
Cuando se legitima un orden jurídico, también se está legitimando al poder que lo ampara. Al objetivarse las fuerzas sociales en el poder político, éste a su vez se debe someter al orden jurídico. Esta legitimación va íntimamente ligada al concepto que del valor justicia tengan los miembros de la comunidad, apreciación axiológica a la que el derecho le da su expresión normativa.  La realización del valor justicia es el de principio de la legitimación del orden político-social.
Conocimiento jurídico y hechos reales
Hay que estudiar las estructuras sociohistóricas por las cuales atraviesan los pueblos y tratan de entender las causas reales que fueron configurando los órdenes normativos, sin querer aplicar un esquema contemporáneo a ese devenir. El punto de partida será el concepto científico de naturaleza humana, pero su desarrollo y realización ha sido y es, circunstancial de acuerdo al lugar y la época.
Institucionalización del Derecho y Constitución Política
La Constitución Política es la institucionalización del Derecho ya que en ella se encuentran normadas todas las leyes generales que regulan el comportamiento humano y por lo cual adquieren un reconocimiento por su existencia legal.
Legitimación valores y Derecho
La legitimidad encierra por un lado un conjunto de normas de derecho, y por otro un sentimiento de aceptación hacia las mismas. Por lo que la legitimación representa pautas de comportamiento, más que los valores mismos que la legitimidad encierra. La legitimación en este sentido es la valoración de la acción según los valores comunes o participados según la importancia de la acción en el sistema social.
Valores absolutos valores históricos
Por tanto no se puede reconocer a la justicia como un valor absoluto con una existencia suprema. Los valores son meramente históricos y circunstanciales, por lo que la justicia, como valor, estará enmarcada dentro de un momento y lugar histórico especifico. La respuesta racional a la existencia objetiva de valores absolutos, no puede darse. Pero el hombre al tratar de superar sus limitaciones existenciales tiende a la creación de juicios de valor con carácter de absolutos.
Cambio jurídico y dialéctica
En consecuencia a la organización política de una comunidad está condicionada al reconocimiento de los valores que predominan en el momento histórico, esto provocando un cambio jurídico. Este movimiento dialéctico se acelera en los movimientos revolucionarios, cuando se rompe el equilibrio entre el derecho positivo formal y  estático y los valores y las necesidades que la sociedad demanda y que el consenso social considera que no se realizan y satisfacen.
Estado moderno y dominación (características)
a)      El monopolio de los medios de administración y dominación.
b)      Un aparato administrativo que realiza sus funciones dentro de un ordenamiento jurídico, que sólo puede modificarse por la legislación.
c)       El monopolio de la creación de las leyes y el uso legítimo de la fuerza por el gobierno central.
d)      La vinculación con la autoridad de todos los actos de las personas que tienen lugar en su jurisdicción.
e)      El uso legítimo de la fuerza física en su territorio, de acuerdo con la regulación jurídica.
f)       La organización de oficinas públicas, cuyas funciones dependen de la autoridad central.
g)      El cuadro administrativo y los medios materiales de administración se dan en forma separada.
Diferencia entre situación de poder y situación de derecho
Para evitar el exceso en el uso del poder, se requiere que el derecho limite a aquél su campo, que lo frene; que consolide el orden que se establece de acuerdo con las fuerzas sociales predominantes en un momento dado.
Coacción y poder del Estado
La base fundamental del Estado es la expresión normativa del hecho constituyente, del poder predominante, objetivación de procesos sociales, pero no sólo eso, sino además, la continuación del poder legitimado con los diferentes cambios que el derecho puede tener.
Función del legislador y tendencias Jurídicas
El legislador debe tratar de mantener una correspondencia entre el derecho y las condiciones sociales del  momento; debe superar el contraste entre la tendencia conservadora del orden jurídico y la dinámica de las fuerzas sociales; debe saber captar las nuevas exigencias que demandan constantemente a la sociedad.
Fuentes del Derecho en Kelsen y en la sociología del derecho
Hay que considerar a la realidad social como el origen de donde emanan las reglas jurídicas; gracias a la teoría sociológica delas fuentes del derecho, es como se restituye estas fuentes su unidad. Debemos considerar que las únicas fuentes del derecho son, en última instancia, las fuerzas sociales, las que no solamente se expresan por medio de la ley, sino a través de los diferentes modos de conducta colectivos.
Dinámica del derecho y realidad social
Debajo de todo ordenamiento jurídico positivo esta una realidad social, que lo ha engendrado y que le da tanto su vigencia como su contenido.
Revolución y orden social
Cuando el orden normativo no refleja las fuerzas sociales, cuando éstas y el derecho no tienen una adecuación, se puede llegar a un Estado revolucionario.
Validez objetiva y subjetiva del Derecho
La validez objetiva viene siendo que la norma debe contener el valor de la justicia no solo es imponer la coacción física para que se cumpla sino que debe adquirir una validez subjetiva esto quiere decir que la gente adquiera hábitos y costumbre ya que la sociedad frente al orden jurídico establecido, se adhiere porque lo considera valioso.
Ética jurídica y obediencia a la ley
Ética y poder no pueden darse por separado, pues se entrecruzan en los órdenes sociales; el derecho es la coordinación ético-imperativa gracias a la que se realiza cierto tipo de conducta. El derecho tiene que darse como medio de solventar las necesidades sociales.
Valoración axiológica del Derecho vs valoración legal
Los valores, como hemos estado viendo, son objetos ideales que no existen en el espacio ni en el tiempo, pero que puede, sin embargo, pedir una objetividad y una validez a priori (antes de). La esencia de la norma jurídica es la realización de los valores, la validez del derecho puede ser juzgada axiológicamente, y gracias a ese valor que en sí encierra, se produce el reconocimiento de la comunidad a ese orden.
Situaciones  que consideran A) al Derecho como sometido al Estado contra b)el Estado subordinado al derecho o c) El estado y el derecho son iguales
a)      La primera situación considera que el derecho está sometido al poder, es decir para que haya derecho debe de haber existido primero el Estado.
b)      La segunda dice que el Estado debe de estar sometido al derecho.
c)       El Estado y el derecho son la misma cosa, es una relación de identidad entre ambos conceptos y no abarcan más que una misma realidad.
Diversas interpretaciones del orden jurídico
Se define que el orden jurídico se deberá hacer con la orientación oficial que se le ha dado, ya que el único derecho es el creado y reconocido por el orden público, pero se dice que el Estado no puede existir sin la norma jurídica pero la norma jurídica puede vivir sin el Estado.
Términos y conceptos  weberianos utilizados por el autor
Estado, poder del Estado, Soberanía, orden jurídico, derecho, ética, dominación, estado moderno, legitimidad y hechos reales.

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