lunes, 21 de noviembre de 2011

Glosario de la Función Integrativa del Derecho

GLOSARIO
Transdisciplinaria: Significa que incluye la interacción de muchas disciplinas
Holística: El holismo es la idea de que todas las propiedades de un sistema dado, no pueden ser determinado o explicados por las partes que los componen por sí solas.
Antinomia: es un término empleado en la lógica y la epistemología que, en sentido laxo, significa paradoja o contradicción irresoluble.
Hermenéutica: es la interpretación de textos en la teología, la filología y la crítica literaria.
Sintagma: es un tipo de constituyente sintáctico formado por un grupo de palabras que forman otros sub-constituyentes, al menos uno de los cuales es un núcleo sintáctico.
Imputación: es el acto mediante el cual se le acusa formalmente a una persona de un delito concreto.
Gnoseología: llamada teoría del conocimiento, es una rama de la filosofía que estudia la naturaleza, el origen y el alcance del conocimiento.
Enunciado holopráxico: es la expresión mediante el cual el investigador precisa lo que desea saber con el estudio que está iniciando, de manera condensada, precisa, clara, breve y concreta. Es la pregunta de la investigación, y constituye básicamente un interrogante que el investigador se plantea acerca del evento de su interés.
Deontología: hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son aquellos fundamentos del deber y las normas morales. Se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada materia. La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría del deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales de la ética normativa.
Teleología: al estudio de los fines o propósitos de algún objeto o algún ser, o bien literalmente, a la doctrina filosófica de las causas finales. Usos más recientes lo definen simplemente como la atribución de una finalidad u objetivo a procesos concretos.
Ontología: es una parte de la metafísica que estudia lo que hay, es decir qué entidades existen y cuáles no. En derecho es la ontología se considera como la corriente que estudia la ciencia del ser del derecho.

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